|
· La explotación será subterránea, con túneles de una
profundidad de hasta 195 metros.
2. Afecciones a la calidad del aire:
La calidad del aire de la zona esta determinada por el alto
número de aviones que sobrevuelan desde las cercanas pistas
del aeropuerto de Madrid – Barajas. El EIA (Estudio de Impacto
Ambiental) no tiene en cuenta este hecho, ni tampoco el
deterioro que significará la futura ampliación del aeropuerto
y la construcción de autovías de transporte cercanas a la zona
(R-2 y M-50). Por tanto la valoración que hace el EIA sobre la
calidad del aire es errónea en su punto de partida,
considerándola como “buena”.
El proyecto producirá niveles importantes de contaminación
atmosférica tanto en las fases preparatorias como en la fase
de explotación.
· En la fase de preparación las acciones que causan
contaminación serán la adecuación del viario, desbroce
vegetal, construcción de instalaciones auxiliares, apertura de
planos inclinados, deposito de materiales sobrantes,
construcción de balsas de decantación y movimiento de camiones
y maquinaria pesada.
· En la fase de explotación las acciones que causan
contaminación serán el depósito de Sepiolita en superficie y
carga y transporte de la Sepiolita a la fábrica.
Pese al grado de humedad del mineral tanto el depósito de la
Sepiolita en la superficie como la carga del mineral en
volquetes, producirá emisiones de polvo en todo el entorno. El
polvo de Sepiolita es un producto altamente tóxico para la
salud pública, produciendo entre otras afecciones y
enfermedades respiratorias, silicosis. Existen episodios de
silicosis en la población cercana relacionadas con otras
explotaciones del a empresa Tolsa SA., concretamente la mina
en explotación de Vicálvaro. De llevarse a cabo el presente
proyecto significaría un alto peligro potencial de
enfermedades respiratorias no sólo para la población cercana
de Paracuellos sino, también, para los vecinos de Vallecas,
lugar donde se llevará el mineral para ser transformado.
Las emisiones del alto tráfico de camiones en la zona no se
valora suficientemente. Se dice que los controles de calidad
reglamentarios que deben pasar los tubos de escape son
suficientes para garantizar la calidad del aire en la zona. La
calidad del aire no se puede garantizar debido al gran número
de desplazamientos diarios de camiones en la zona.
Las emisiones de polvo debido al trafico de camiones se
controlarán regando periódicamente los accesos. Esto supondrá
un detrimento en los caudales del río Jarama, especialmente
preocupante en los meses de verano.
3. Afecciones a las aguas.
Se producirán afecciones a las aguas subterráneas como a las
superficiales.
En la fase preparatoria será necesario extraer una cantidad de
agua del subsuelo de 30m3/hora durante los dos años y medio
que dura esta fase. Esta cantidad de agua se verterá al río
Jarama aguas debajo de la zona de bombeo. Este bombeo
ocasionará una depresión del nivel freático en un radio de
influencia de unos 340m.
Durante la fase de explotación será necesario efectuar un
drenaje continuo de las filtraciones de la mina. Se estima que
habrá de drenar unos 6.83m3/hora durante doce años. Igualmente
se verterá esta agua al cauce del río Jarama.
Estos vertidos de aguas procedentes del acuífero aluvial y del
acuífero terciario ocasionarán impactos en la cantidad y en la
calidad de las aguas del Jarama, contrariamente a lo que
indica el proyecto. Es previsible que el desagüe del fluido
bombeado (aun colmatándolo previamente) cambiase las
propiedades físico–químicas del caudal circulante: Ph,
minerales disueltos y otros componentes, variarán
sustancialmente a 190 m. de profundidad. El bombeo sostenido
de agua a gran profundidad provocará un cono de reducción del
nivel freático con consecuencias sobre la humedad presente en
un gran tramo de la ribera y los suelos circundantes.
Además el proyecto incluye la posibilidad de que produzcan
filtraciones desde el río Jarama hacía el hueco minero
subterráneo. Esto ocasionará una perdida seria del caudal del
río y un cambio radical de las relaciones ecológicas en el
entorno, que no son valoradas por el EIA.
4. Afecciones al patrimonio histórico-artístico.
El proyecto afecta a una zona muy rica en yacimientos
paleontológicos. De llevarse a cabo el proyecto significará la
pérdida de numerosos yacimientos paleontológicos de relativa
importancia, algunos de ellos todavía sin estudiar y
clasificar. En la Carta Arqueológica de la Comunidad de Madrid
aparecen 15 yacimientos afectados:
NOMBRE ESTADO DE CONSERVACIÓN ÉPOCA
Paracuellos 1 Buenos Mioceno medio, Aragoniense superior.
Paracuellos 2 El lentejón está agotado Mioceno medio,
Aragoniense superior.
Paracuellos 3 Bueno Mioceno medio, Aragoniense superior (zona
G2).
Paracuellos 4 Bueno Mioceno medio, Aragoniense superior.
Paracuellos 5 Bueno Mioceno medio, Aragoniense superior (zona
F)
Paracuellos 6 Bueno Mioceno medio, Aragoniense medio (zona
D1).
Paracuellos S4-11 Bueno Mioceno medio, Aragoniense medio (zona
D1).
Paracuellos S4-18 Bueno Mioceno medio, Aragoniense medio (zona
D1).
Paracuellos S4-19 Bueno Mioceno medio, Aragoniense superior.
Paracuellos S4-26 Bueno Mioceno medio.
Paracuellos S8-3 Bueno Mioceno medio.
Paracuellos S4-22 Bueno Mioceno medio, Aragoniense superior.
Paracuellos S4-24 Bueno Mioceno medio.
Paracuellos S8-5 a Bueno Mioceno medio.
Paracuellos S8-5b Bueno Mioceno medio, Aragoniense medio.
En todos estos casos se ha comprobado la existencia de restos
arqueológicos o paleontológicos, pero se requiere verificación
previa para comprobar la importancia de los restos
encontrados.
El EIA deja pendiente la valoración de los impactos que se
producirán en el patrimonio histórico-artístico a la
verificación arqueológica posterior que se deberá llevar antes
del inicio de las obras. Este estudio deberá determinar el
grado de impacto sobre el patrimonio arqueológico y
paleontológico una vez que la autoridad ambiental haya
efectuado la declaración de impacto ambiental del proyecto.
Con lo cual, la valoración de los impactos sobre este
patrimonio no servirá para decidir sobre la conveniencia o no
de realizarse la mina de sepiolita.
5. Afecciones a la ordenación del territorio.
El proyecto de instalar una mina de sepiolita en la concesión
“La Repescada” es incompatible con el Plan General de
Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama y de Madrid.
En la parte de Paracuellos, la zona de explotación afectaría a
los siguientes suelos del PGOU:
· Suelo No Urbanizable Protegido. Espacio de interés Forestal
y Paisajístico. En las condiciones particulares se prohíbe la
realización de actividades extractivas.
· Suelo No Urbanizable Protegido. Cauces y Riberas. Se
prohíben actividades extractivas.
· Suelo No Urbanizable Preservado. Las actividades mineras se
consideran no permitidas.
· Suelo Urbanizable Programado. La actividad minera no es un
uso principal o compatible.
En el PGOU de Madrid afecta al siguiente suelo:
· Suelo No urbanizable de protección de Cauces y Riberas. Las
actividades mineras quedan prohibidas.
Por lo tanto es totalmente incompatible la instalación de esta
explotación extractiva en la zona en la que se pretende
instalar.
6. Afecciones acústicas.
El EIA admite la existencia de dos zonas en las que se superan
los 65 dBA durante la fase de explotación, y siempre de día.
Las zonas receptoras del impacto acústico son el Casco Urbano
de Paracuellos, el polígono industrial y la urbanización “los
Berrocales”.
El EIA no incluye los ruidos producidos por el paso constante
de camiones en toda la zona. El estudio estima un paso diario
de 32 camiones (ida/vuelta). Consideramos que esta cantidad
esta infravalorada, ya que para un proyecto de la misma
empresa en “El Reguerón” de 250.000 Toneladas/año, durante 40
años, se preveía un paso de 48 camiones diarios.
Esto ocasionará un tráfico preocupante para la capacidad y el
tráfico que ya soportan las carreteras secundarias de la zona,
hasta el destino del material en la planta de Tolsa en
Vallecas.
En el estudio no se tiene en cuenta la sinergia que se
producirá con el ruido producido por el tráfico aéreo actual y
con el posterior a la futura ampliación del aeropuerto.
7. Afecciones a la vegetación.
Se producirá una perdida total de toda la vegetación de la
zona. El impacto más preocupante es el que se producirá en el
bosque de ribera anexo a la explotación. Este bosque esta
declarado LIC por la Comunidad de Madrid, para ser incluido en
la futura Red Natura, de acuerdo con la Directiva de Hábitats.
Debido a las emisiones de polvo de la mina como el tráfico
incesante de camiones por el camino paralelo a la ribera, se
producirá una alteración significativa del actual bosque de
ribera. Este bosque de ribera es uno de los mejor conservados
del tramo medio del Jarama y su conservación debe ser
considerada como prioridad, máxime cuando el bosque de galería
aguas abajo ha desaparecido por completo debido a las obras de
ampliación del aeropuerto de Madrid-Barajas.
8. Afecciones a la fauna.
El EIA admite que se afectará a 11 especies catalogadas en los
Catálogos Nacional Regional de Especies Amenazadas. En
concreto son:
ESPECIE CATÁLOGO NACIONAL CATÁLOGO CAM.
Milano Real K V
Esmerejón K
Gavilán K
Alcotán IE
Águila Calzada IE
Aguilucho Pálido K IE
Aguilucho Cenizo V V
Alcarabán K IE
Tórtola Común V
Carraca R V
Alcaudón Real IE
No se tiene en cuenta las especies que pueden ser afectadas de
forma indirecta, concretamente la fauna asociada al río y al
bosque de ribera que sufrirán molestias constantes en forma de
contaminación atmosférica y ruidos durante todos los años que
dura la explotación. Este bosque de ribera alberga varias
especies de anátidas y acuáticas, así como paseriformes y
rapaces nocturnas que deberían valorarse.
SOLICITA:
Que la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental
adopte medidas preventivas drásticas para evitar daños
irreversibles sobre este patrimonio natural. Por tanto
solicitamos formalmente que se informe negativamente la
evaluación ambiental de este proyecto.
Madrid, a 3 de Abril de 2003.
|